La Rosca |Ley de emergencia en discapacidad |

La norma, sancionada como Ley 27.793, declara la emergencia en materia de discapacidad y establece un nuevo marco para políticas públicas, prestaciones y pensiones, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, prorrogable por un año. Si bien el Congreso la aprobó, el Poder Ejecutivo había dispuesto mediante un decreto que su aplicación quedara condicionada a la inclusión de las partidas correspondientes en el presupuesto nacional.

Esa decisión derivó en una presentación judicial. En diciembre pasado, el juez federal de Campana Adrián González Charvay declaró la invalidez del artículo del decreto que suspendía la aplicación de la ley y ordenó su “inmediata puesta en marcha”. En su fallo, sostuvo que el condicionamiento presupuestario resultaba incompatible con las obligaciones constitucionales e internacionales del Estado y advirtió que el desfinanciamiento del sistema ponía en riesgo la continuidad de tratamientos esenciales para las personas con discapacidad.

El Gobierno nacional apeló esa decisión para que sea revisada por la Cámara Federal de San Martín, pero el magistrado habilitó la feria judicial de enero para supervisar el cumplimiento del fallo. En ese marco, intimó al Ministerio de Salud a informar qué medidas había adoptado para avanzar con la implementación de la norma.

A comienzos de enero, la cartera que conduce Mario Lugones comunicó a la Justicia que había iniciado una serie de pasos administrativos y comunicaciones internas para poner en marcha la ley, aunque aclaró que su aplicación no podía ser inmediata y no precisó fechas concretas. Con la reglamentación ahora publicada, el Ejecutivo formalizó ese proceso.

La reglamentación aprobada ahora define cómo se aplicarán los puntos centrales de la ley, que hasta el momento carecía de reglas operativas. Entre los cambios más relevantes figuran la puesta en marcha de un nuevo régimen de pensiones no contributivas por discapacidad, la conversión automática de beneficios ya otorgados y la implementación de auditorías periódicas para controlar el sistema.

Además, se dispuso que las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad a la vigencia de la ley serán convertidas de oficio en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, lo que implicará un proceso de identificación, relevamiento y verificación de las prestaciones alcanzadas.

La reglamentación también refuerza el rol de la Secretaría Nacional de Discapacidad, que pasó a depender del Ministerio de Salud, y la instruye a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar los criterios de evaluación socioeconómica. Asimismo, establece un plazo de 30 días para la presentación de un plan de auditorías periódicas, tal como prevé la ley.

El decreto ratifica además los mecanismos institucionales de consulta y participación, a través del Consejo Federal de Discapacidad, el Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral, el Comité Asesor, el Consejo de Articulación de Programas y el Observatorio de la Discapacidad, con esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre la Nación, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires.

La norma lleva la firma del presidente, Javier Milei; del jefe de Gabinete, Manuel Adorni; y del ministro de Economía, Federico Sturzenegger.

En los considerandos del decreto, el Poder Ejecutivo aclaró que dicta la reglamentación “sin reconocer hechos ni derechos” ni consentir los fundamentos de la sentencia judicial, pero con el objetivo de dotar de precisión operativa y administrativa a la norma, ordenar los criterios de implementación y fortalecer los mecanismos de control y trazabilidad de las políticas públicas.

Uno de los ejes centrales de la reglamentación es la creación y puesta en funcionamiento de un nuevo régimen de pensiones no contributivas por discapacidad. El decreto define los criterios de acceso, permanencia, incompatibilidades, procedimientos administrativos y sistemas de auditoría, y establece que el régimen deberá articularse con las políticas de inclusión laboral y las reglas de compatibilidad de ingresos para evitar superposiciones con otros beneficios previsionales o asistenciales.

La Rosca | Sanción definitiva para Presupuesto 2026 |

El presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, Gustavo Vergara, fue el encargado de argumentar a favor de la iniciativa. En primer lugar, destacó la estabilidad que alcanzaron los índices macroeconómicos: el orden fiscal, monetario y cambiario y sostuvo que “los ajustes que realizó el Gobierno nacional fueron los correctos”.

Luego di cuenta de los “condicionantes” que tiene el presupuesto provincial, fruto de decisiones que se han tomado en otras gestiones y que implican grandes gastos presupuestarios.

Luego tomó la palabra el senador Víctor Sanzberro (PJ), quien cuestionó la decisión del Gobierno provincial de desfinanciar a las provincias y sostuvo que los montos destinados a obras públicas son menores a los que anunció el gobernador Rogelio Frigerio.

“Este presupuesto tiene licuadora, ajuste y endeudamiento. Y, además, un superávit dibujado”, enfatizó luego.

Tras cuestionar que el oficialismo no permitió “cambiar ni una coma” del proyecto, sostuvo que “si los márgenes presupuestarios son estrechos el desafío de la política es definir rumbos y, en este sentido, pidió cuidar a los laburantes”.

“Nos preocupa esta dependencia creciente del endeudamiento, que no aparezca un plan de crecimiento y que el proyecto del gobierno sea sobrevivir”, afirmó.

“Por conducta democrática” anunció que su bloque votará de manera afirmativa, aunque planteó consideraciones en particular.

Uno de los artículos que no acompaño fue el 6º, que faculta al Poder Ejecutivo a concretar operaciones de crédito de 300 millones de dólares.

Enseguida tomó la palabra Rubén Dal Molín (JxER) y sostuvo que el déficit de la Caja de Jubilaciones “tiene un peso significativo en las cuentas públicas” y adelantó que a la brevedad se viene un debate en torno la necesidad de revertir esta situación.

Luego resaltó que el proyecto de presupuesto “es una norma sensata ajustada a las proyecciones macroeconómicas”.

La senadora Patricia Díaz (PJ) no se hizo presente en la sesión.

La Rosca |Obra Social de Entre Ríos|

Las comisiones de Salud Pública y de Legislación General emitieron dictamen favorable este martes al proyecto de ley del Poder ejecutivo que solicitó que se ratifique “en todos sus términos el Decreto Nº 1402/25 del 27 de junio de 2025, dictado por el Poder Ejecutivo Provincial ad referéndum de esta Honorable Legislatura, mediante el cual se suspende por el plazo de 180 días contados a partir de la entrada en vigencia de la Ley Nº 11.202 (N de la R: la Ley que creó la OSER), la aplicación del régimen de afiliación obligatoria previsto en su artículo 19° respecto de aquellas personas que, a dicha fecha, revistan la calidad de afiliados obligatorios o irrenunciables a Mutuales, Obras Sociales o Direcciones de Servicios Sociales de Municipalidades o Comunas preexistentes”.

La reglamentación, que se refrendará a partir de la aprobación del dictamen, suspende por el plazo de 180 días contados a partir de la entrada en vigencia de la Ley Nº 11.202 por la que se creó la Obra Social de Entre Ríos (OSER), la aplicación de afiliaciones obligatorias respecto de aquellas personas que revistan en calidad de obligatorios o irrenunciables a mutuales, obras sociales o direcciones de servicios sociales de municipalidades o comunas preexistentes.

El Decreto, en el primer artículo, refirió a una situación general solo para “… aquellas personas que, a dicha fecha, revistan la calidad de afiliados obligatorios o irrenunciables a Mutuales, Obras Sociales o Direcciones de Servicios Sociales de Municipalidades o Comunas preexistentes, ad referéndum de la Honorable Legislatura de la Provincia y conforme a los considerandos del presente”.

En los fundamentos del proyecto del Poder Ejecutivo que se abordó este martes se sostuvo que “la medida se adoptó con el objeto de preservar la continuidad en la cobertura prestacional de los grupos mencionados, evitando la interrupción de servicios que pudieran derivarse de la implementación inmediata del nuevo régimen de obra social dispuesto por la Ley Nº 11.202”.

Asimismo, se destacó que se “busca garantizar una transición ordenada y progresiva, en un marco de razonabilidad administrativa e institucional. Por otra parte, el proyecto de ley prevé expresamente que, vencido el plazo de suspensión, el Directorio de la OSER podrá dictar las disposiciones necesarias para resolver la situación de los afiliados comprendidos, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 12, inciso b), de la Ley Nº 11.202”.

La Rosca |Proyecto para controles de adicciones|

Tendrán vigencia anual y constituirán “un mecanismo periódico de control, aleatorio, inmediato y no anunciado, previniendo el consumo de estupefacientes en los ámbitos de gobierno”. Actuará una Comisión Evaluadora con un integrante de cada poder.

Los diputados provinciales, Carlos Damasco, de La Libertad Entre Ríos, autor; Liliana Salinas, del Partido Conservador Popular; y Mauro Godein, de la Alianza Juntos por Entre Ríos, presentaron este jueves un proyecto de ley que tiene por objeto “asegurar que quienes ejercen la función pública lo hagan con plenas facultades, libres de los efectos de sustancias psicotrópicas ilegales, a fin de preservar el adecuado desempeño de sus responsabilidades, la transparencia institucional, la integridad, idoneidad y responsabilidad de los funcionarios en el ejercicio de sus funciones”.

El proyecto “establece la obligatoriedad para los funcionarios públicos mencionados en el artículo 3º de la presente ley de realizar exámenes toxicológicos periódicos y aleatorios con el fin de determinar la presencia de sustancias psicoactivas ilegales en el ejercicio de sus funciones. Además, se invita a los poderes del estado no enunciados, a adherirse a esta ley”. Los funcionarios mencionados en el artículo 3º como “Sujetos obligados” a la “obligatoriedad de los exámenes establecidos en la presente ley: a) Los legisladores provinciales y funcionarios del Poder Legislativo”.

Promover la transparencia, responsabilidad y compromiso institucional

Los legisladores consideraron que “es importante destacar que este proyecto no busca sancionar de manera punitiva, sino promover la transparencia, la responsabilidad institucional y el compromiso con una gestión pública libre de condicionamientos derivados del consumo de sustancias ilegales”.

Además indicaron que “la invitación al Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Fuerzas de Seguridad, municipios y comunas a adherir a esta normativa busca extender los beneficios de la medida a todos los niveles del Estado en la provincia, fortaleciendo la confianza ciudadana en sus instituciones”.

Funcionarios libres de adicciones

Los legisladores fundamentaron el proyecto que “tiene como finalidad establecer la obligatoriedad de la realización de controles de detección de consumo de sustancias psicoactivas ilegales a todas las personas que integran los tres poderes del Estado provincial: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, iniciando por el Poder Legislativo”.

Entendieron que “la sociedad entrerriana demanda de manera creciente que quienes ejercen responsabilidades institucionales y funciones públicas lo hagan con plena aptitud física y psíquica, libres de adicciones que puedan condicionar la toma de decisiones o el ejercicio de sus funciones”. Así, expresaron que “la ejemplaridad y transparencia en la conducta de los servidores públicos constituye una exigencia ética y democrática de primer orden. La implementación de los controles de sustancias psicoactivas con vigencia anual permitirá contar con un mecanismo periódico de control, aleatorio, inmediato y no anunciado, previniendo el consumo de estupefacientes en los ámbitos de gobierno y garantizando que los funcionarios y agentes públicos se encuentren en condiciones plenas para cumplir con la responsabilidad que la ciudadanía les delega”.

Comisión Evaluadora

También entendieron como positivo que “a su vez, se prevé un sistema de alternancia entre los poderes del Estado para la aplicación de las pruebas, a fin de asegurar independencia, objetividad e imparcialidad en los procedimientos, evitando conflictos de interés y resguardando la credibilidad del sistema. Esto lo genera la Comisión Evaluadora, que estará integrada por un representante de cada poder”.

Los legisladores señalaron que “el proyecto contempla la realización de protocolos confiables, bajo la supervisión de la autoridad sanitaria provincial, respetando la confidencialidad de las personas, la integridad de las muestras y los derechos fundamentales. En caso de resultados positivos, se establece un proceso de confirmación y posterior adopción de medidas administrativas o disciplinarias según corresponda, con más el acompañamiento del Estado para tratar esa adicción”. (APF)

La Rosca |Juicio por Jurados|

En la 14º sesión ordinaria del 146 período legislativo, se aprobaron  los cambios al Juicio por Jurado, proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo en función del pedido que realizó el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos.

El texto sancionado sobre tablas por amplia mayoría (14 votos a favor, una abstención y un voto negativo), introduce dos modificaciones de fondo y una forma sobre la Ley 10.746, por lo que se reducen competencias en cuanto a los juicios que podrán ser sometidos al jurado popular (excluyendo los de abuso sexual); se establecen pautas sobre remuneraciones; y se fija el plazo de ejecución de la nueva Ley en 15 días a partir de la publicación de la norma en el Boletín Oficial.

En el debate, el senador Rafael Cavagna, argumentó que el bloque Juntos por Entre Ríos votó por la afirmativa, ya que “no se vulneran garantías constitucionales, sino que está entre las facultades de la provincia para regular el Juicio por Jurados, para que vecinos entrerrianos puedan acceder a un proceso judicial”.

Por su parte, el presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos, Juan Cosso, dijo que la modificación “en lo inmediato ayudará a destrabar el cuello de botella que manifestaron integrantes de la justicia”.

La Ley “cercenará derechos y podría ser considerada lesiva”

El senador Martín Oliva explicó que se abstuvo “porque el proyecto cercena derechos y podría ser considerado lesivo”.

En tanto, la senadora por La Paz, Patricia Díaz, explicó que votó en contra del proyecto porque “el aprendizaje democrático no puede perderse”. En ese sentido, dijo que “aprobar la Ley es un atajo que no resuelve el problema, sino que cercena un derecho y es un retroceso para los que suelen ser menos escuchados”.

La Rosca |Proyecto del Poder Ejecutivo|

Este viernes el Poder Ejecutivo de la provincia ingresó en la Cámara de Diputados un proyecto de ley que propone crear “la Agencia de Desarrollo de la Provincia de Entre Ríos como un organismo descentralizado y autárquico del Poder Ejecutivo Provincial” cuya naturaleza jurídica será como “entidad de derecho público con autarquía funcional, administrativa, financiera y técnica, dotada de plena capacidad jurídica para actuar en los ámbitos públicos y privados, con patrimonio y presupuesto propio”.

Fines y objetivos

e determinó que “para el cumplimiento de sus fines y objetivos, desarrollará actividades relativas a la administración de sus recursos, la ejecución de su presupuesto, la gestión de su personal, y la determinación de sus políticas y programas de acción, sin más limitaciones que las establecidas expresamente por la presente ley y las leyes generales aplicables”.

Entre los objetivos específicos se propuso “incrementar la competitividad de los productos y servicios provinciales en mercados internacionales; fomentar y facilitar la llegada de inversiones nacionales e internacionales a la provincia; simplificar y optimizar el marco regulatorio para favorecer el desarrollo y formalización del sector privado, en particular de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes)”.

A la hora de definir los objetivos y funciones se indicó que tendrá “por objetivo general promover el desarrollo económico y social de la Provincia de Entre Ríos mediante la promoción de exportaciones, atracción de inversiones y la simplificación regulatoria para favorecer el crecimiento del sector privado, con énfasis en las Mipymes”.

El rol de la Agencia será actuar como “articulador entre el sector público y privado, promotor de estrategias de desarrollo productivo y facilitador de los procesos de exportación, inversión y simplificación regulatoria”.

Funciones

Serán funciones de la Agencia “diseñar e implementar estrategias para incrementar las exportaciones provinciales; diseñar e implementar estrategias para incrementar las inversiones productivas; desarrollar programas y herramientas que simplifiquen los trámites regulatorios para las empresas; diseñar programas específicos de fomento, aceleración y asistencia para emprendimientos innovadores, nuevas empresas tecnológicas y sectores de la economía del conocimiento”.

También lo será “diseñar estrategias sectoriales para las cadenas de valor clave de la provincia de Entre Ríos; desarrollar sus funciones en coordinación con las distintas áreas del Poder Ejecutivo Provincial, los municipios, organismos nacionales e internacionales, y el sector privado; suscribir convenios de cooperación técnica, asistencia financiera, intercambio de información y ejecución conjunta de proyectos, conforme a la normativa vigente”.

Asimismo comprenderá “diseñar y ejecutar programas de cooperación técnica y financiamiento internacional en las áreas de promoción de exportaciones, atracción de inversiones y simplificación regulatoria; promover al territorio provincial como destino estratégico para inversiones productivas y de servicios; proporcionar asistencia técnica y capacitación a las MIPYMES para fortalecer su competitividad; realizar estudios de mercado y generar información estratégica para los sectores productivos; y facilitar la coordinación intergubernamental para potenciar las exportaciones, inversiones y simplificación regulatoria” entre otras.

 

Recursos financieros

 

Los recursos financieros para el funcionamiento de la Agencia surgirán de las “asignaciones presupuestarias del Gobierno Provincial; donaciones, legados, convenios y contribuciones de organismos nacionales e internacionales; recursos generados por servicios, iniciativas y/o actividades propias. d. Demás asignaciones presupuestarias que correspondan o se determinen por el Poder Ejecutivo provincial”.