La Rosca | Caso Kueider |

La Policía Federal confirmó, a pedido de la Justicia, que todos los domicilios vinculados a las empresas del senador Edgardo Kueider y a su socio Rodolfo González, el empleado de la Biblioteca del Congreso que le cedió la camioneta para viajar a Paraguay, son falsos. Tal como había revelado Infobae, en las direcciones utilizadas para registrar las dos firmas no hay rastros del senador. Los efectivos se toparon con una casa en venta hace varios años, un estudio contable, y hasta la sede de una empresa de salud. Tampoco pudieron encontrar al misterioso González en cinco lugares distintos. En una de las direcciones estaba su hijo.

Por orden del fiscal de Concordia José Arias, la Unidad Investigativa contra Corrupción de la PFA hizo tareas de inteligencia sobre un total de ocho direcciones: tres vinculadas a las empresas Betail SA y Edekom SA, y otras cinco relacionadas a González, más conocido como “Gonzalito”. En todos esos lugares, los efectivos entrevistaron a testigos y elaboraron un extenso informe al que tuvo acceso Infobae.

La empresa Betail se creó en 2018 con un domicilio en el barrio de Liniers: Ercilla 6288. En ese lugar, tal como reveló este medio, hay una casa con el cartel de venta. Los vecinos le confirmaron a la Policía que vivía un matrimonio mayor y su hija. Nunca funcionó la empresa de Kueider. “Habiendo fallecido los padres y luego su esposo, la señora se fue a vivir con un familiar, publicando hace unos años la casa en venta”, relataron los testigos.

Kueider y González son socios en Betail SA, una empresa que está siendo investigada por la compra de tres departamentos con cocheras en el edificio Live en Santiago del Estero 511, en la ciudad de Paraná, allanado el jueves pasado por la jueza Arroyo Salgado. Concretamente, la firma es propietaria de las unidades del 6 “D”, el 6 “E”, y 13 “A”. Tras la revelación de ese dato en la revista Análisis, las expensas de los tres inmuebles pasaron a figurar a nombre de Guinsel Costa, la misteriosa secretaria.

Los organismos oficiales, llamativamente, todavía no confirmaron la titularidad de esos departamentos. Pero ya se sabe que se utilizó un fideicomiso para esconder a los verdaderos dueños. Por eso, esta semana se allanaron las oficinas de la empresa constructora.

La Policía Federal tampoco encontró rastros del ex senador en un edificio de oficinas que se utilizó para registrar Edekom SA, una empresa de Kueider y su hijo mayor, Haidar Iván Kueider. La dirección es Cerrito 1320 Piso 7 “C”. Actualmente funciona un estudio contable que no tendría vínculos con esta historia. Sin embargo, el encargado del lugar reveló que esa oficina era alquilada por las firmas LECTUS SA y VIS NSPLOGISTICA SA, a nombre del contador José Carlos Nogueras.

No fue la única conexión con esas empresas. En un departamento ubicado en Belgrano 1217, el domicilio fiscal de Edekom SA, la Policía encontró a un hombre que dijo ser empleado de LECTUS, dedicada al rubro de la salud, pero se mostró reticente a aportar datos. También le tomaron declaración al encargado, quien aseguró que no conocía la firma de Kueider y que no había recibido documentación.

Las dos empresas de Kuider están siendo investigadas por la Justicia en dos causas. En el expediente que impulsa el fiscal José Arias por enriquecimiento ilícito contra el ex senador, que abarca el período 1999 al 2019, cuando Kueider asumió en la Cámara baja, y en una causa que tiene la jueza federal Sandra Arroyo Salgado.

Las dos investigaciones tienen demasiados puntos de contacto y todo indica que habrá un conflicto de competencia que terminará en la Corte Suprema.

De hecho, el jueves hubo allanamientos cruzados en más de un domicilio. En una oficina ubicada a dos cuadras del Congreso, en Combate de los Pozos 162, hubo dos procedimientos casi al mismo tiempo: bien temprano, por orden de la jueza Arroyo Salgado, y luego por pedido del fiscal Arias. Ese segundo procedimiento estuvo a cargo de la Unidad Investigativa contra Corrupción de la Policía Federal y fue importante porque se secuestró el teléfono de la abogada Adriana Crucitta, tal como adelantó Infobae.

Crucitta es socia del González y empleada de la Biblioteca del Congreso desde 1985. Entre sus domicilios declaró una humilde casa ubicada en Villa Soldati. Sin embargo, en ese lugar vive una maestra jardinera que asegura que no tiene nada que ver con la abogada.

El domicilio de Combate de los Pozos 162 fue utilizado por González al momento de crear la empresa ICELER SA, dedicada a la explotación de servicios de comunicación audiovisual y radiodifusión, y de tecnologías de la información (TICs). También figura como sede de otra empresa llamada Peninsular Sudamericana SAS.

Al igual que las empresas, González todavía no pudo ser ubicado. La Policía Federal visitó cinco domicilios en la ciudad de Buenos Aires, en la provincia de Buenos Aires, y en Entre Ríos. En ninguno había rastros del socio de Kueider.

El primer domicilio registrado fue la oficina de Combate de los Pozos, donde funciona el estudio jurídico de Crucitta, socia y compañera de González en la Biblioteca de la Congreso. Los policías se entrevistaron con la abogada y le tomaron una breve declaración. A los pocos días, ese domicilio terminó siendo allanado dos veces.

En un edificio ubicado en el pasaje Gregorio Aráoz Alfaro al 400, en el barrio de Caballito, la Policía se encontró con el hijo de González, quien aportó un número de teléfono de su papá. Según el encargado del edificio, el departamento que habita el joven pertenece a María Elena Pisani, quien sería oriunda de Concordia, donde hicieron su carrera política tanto Kueider como su socio.

Otro edificio visitado por la Federal está ubicado Bartolomé Mitre 815, en el partido bonaerense de Morón. Varios vecinos declararon que no conocían a González aunque en el resumen de expensas aparece como el dueño del 5 “D”. Una vecina que vive en el quinto piso terminó confirmando que lo había cruzado hace pocos días. Los policías le exhibieron una foto y no tuvo dudas. Con esa información, el martes pasado, tanto el fiscal Arias como la jueza Arroyo Salgado allanaron ese edificio. Llamativamente, no lo encontraron.

“Los estamos buscando de varias maneras. Sabemos que no cruza la frontera desde 2019″, dijo una fuente judicial. Entre otras cosas, se habrían intervenido algunos números telefónicos. Ninguno resultó ser de González.

El socio de Kueider salió a la luz a partir de la camioneta 4×4 Chevrolet Trailblazer SUV negra, patente AE797OJ, que usaron el ex senador y su acompañante, Iara Guinsel Consta, para cruzar la frontera. Ese vehículo, valuado en unos USD 40 mil, lo compró el 9 de junio de 2021 y se lo cedió a Kueider y a la joven secretaria para que lo usen como si fuera propio. Cinco meses después, González casualmente, ganó un premio con la Lotería de la Ciudad de Buenos Aires de $175.000, tal como reveló este medio.

Por pedido del fiscal Arias, la PFA también registró cuatro domicilios asociados a González en la provincia de Entre Ríos: tres en Concordia y un edificio en Paraná. En uno de esos lugares, sus propietarios dijeron que recibían multas a nombre de González. Otro punto visitado resultó ser una estancia, sobre la ruta 14, donde funciona una rotisería. Solo encontraron un cartel que reza “El Mana de mi Angelito”.

La Rosca | Nota de Noticiauno |

Lucía Varisco es precandidata a intendenta de Paraná. Y quiere pegar su boleta a la del precandidato a gobernador de Juntos por Entre Ríos, Rogelio de Frigerio, y a la que a nivel nacional encabeza la presidenta del PRO, Patricia Bullrich, como precandidata a presidenta de la Nación.

A ambos dirigentes, cuando Frigerio era ministro del Interior y Bullrich ministra de Seguridad de la Nación, la actual diputada provincial los acusó -y dijo “tener pruebas”- de “armar” la causa judicial que investigó a una red de narcotráfico que tenía probados vínculos con el Municipio y en la que resultó condenado a más de seis años de prisión su padre, Sergio Varisco, quien falleció mientras cumplía esa condena.

Como contó Noticiauno, Lucía denunció que Frigerio y Bullrich “direccionaron la causa” para “desviar la investigación ocultando a los verdaderos responsables de los delitos” de narcotráfico, por los que fueron condenados a penas de cárcel, además de su propio padre, el narcotraficante Daniel Tavi Celis, y funcionarios del municipio de Paraná que aún continúan en prisión.

Está presente en la memoria reciente de Paraná que -según el varisquismo- “Frigerio, Bullrich y Roncaglia (exjefe de la Policía Federal durante el macrismo) conformaron una sociedad para cumplir sus objetivos políticos para lo cual utilizaron los peores mecanismos judiciales y mediáticos transgrediendo las instituciones y los principios democráticos”.

Lucía aseguró que “el accionar que tuvieron es un peligro para la política y para la democracia”.

Lanzó una gravísima acusación contra la dirigencia del PRO con la que ahora quiere pegar su boleta: “Hasta llegaron a ofrecerle a mi papá que impute a dos colaboradores para liberarse de las acusaciones. No tuvieron límites, ética ni vergüenza”, dijo.

Más cerca en el tiempo, ya siendo diputada provincial, en la propia Cámara de Diputados que integra, Lucía afirmó que Rogelio Frigerio y Patricia Bullrich (con quienes quiere pegar su boleta) “no tienen ética ni moral”.

El pedido de la joven radical para adosar su candidatura a la de Frigerio y Bullrich, luego de haberles endilgado una responsabilidad “criminal” (armar causas, direccionarlas y ocultar a los verdaderos narcotraficantes son conductas delictivas sancionadas en nuestro Código Penal), es un claro ejemplo del desprecio por la verdad que caracteriza a cierta dirigencia política que prioriza sus objetivos personales por encima de la verdad de los hechos.

La actitud de la flamante precandidata a la intendencia abre numerosos interrogantes.

¿Eran falsas aquellas acusaciones contra la más encumbrada dirigencia del PRO?

¿Eran ciertas?

¿Si eran falsas, Lucía engañó a los paranaenses sobre la responsabilidad que tenía su padre siendo socio de una red de narcotráfico?

¿Si eran ciertas, Lucía entonces quiere formar parte de una “sociedad criminal” responsable de la condena “injusta” que recibió su padre?

¿Lucía quiere ser socia política de aquellos que “ocultaron a los verdaderos responsables” del narcotráfico en Paraná?

¿Cuál es la verdad?

 

Fuente: Noticiauno

La Rosca | Elecciones |

En un comunicado enviado a La Rosca en la noche de este martes, el exgobernador kirchnerista expresó que “esta acción no es de orden técnico ni jurídico. Nuestra presentación es muy sólida y constitucionalistas de prestigio nos señalaron que ante una duda como la que se presenta en este caso la jurisprudencia es favorable a la participación”, explicó sobre su intención de volver a ser candidato a gobernador aunque la Constitución “peronista” de 2008 se lo impida.

“Esta no es tampoco una acción personal. Hace más de 40 años que milito y participo en política y si algo me enorgullece es que la militancia valora y añora nuestro estilo de construcción colectiva”, continuó Urribarri.

“Esta decisión es una acción política tomada en tiempos de discursos de odio, de violencia política y de proscripción electoral. En tiempos en que predomina la bronca popular hacia la política y crece la insatisfacción democrática que muy sabiamente nos marca Cristina, no quiero ser causal de ningún manoseo que ensombrezca el proceso electoral en marcha”, manifestó.

“A la par, espero que quienes tienen poder de decisión sobre los destinos del peronismo estén también a la altura de las circunstancias y a 40 años de democracia no nos empalaguen con discursos de ocasión u homenajes vacíos, sino que honren los compromisos asumidos y garanticen la participación en igualdad de condiciones permitiendo la integración de las minorías”, reclamó Urribarri consciente de que ese principio está descartado para estas elecciones.

Por último, Urribarri apeló a la autoreferencia y afirmó que “es tiempo de diseñar el capítulo entrerriano de ese programa de gobierno que nos pide Cristina y nos exige el pueblo, en el que ya estamos trabajando. Porque nos lo demandan los entrerrianos y las entrerrianas, que a cada paso nos marcan que nunca vivieron mejor que en los ocho años en los que gobernamos esta amada provincia”.

 

La Rosca | Inconstitucionalidad

El exgobernador entrerriano dijo que “son varias las razones que me llevan a hacer esta presentación. Una es el asesoramiento favorable a mi postura que vengo recibiendo desde hace meses de constitucionalistas de renombre tanto de Entre Ríos como de otras provincias que participaron en la elaboración del texto” y agregar “también el afecto y el respeto que recibo de la militancia y de los hombres y mujeres de a pie en mis recorridas por la provincia que no ven en mí lo que dicen los discursos de odio producto de esta guerra mediática-política-judicial que afecta a nuestra región. Ven al gobernador que les entregó la casa, que les dio el trabajo, que golpeaba puertas en Buenos Aires para hacerles el hospital, la escuela y la ruta. Y sobre todo, ven al militante que jamás dejó tirado a un compañero o una compañera, que jamás dejó de atender un teléfono y que gobernó con las puertas abiertas llevando su despacho a cada rincón de la provincia”.

Urribarri aseguró que “lo que me terminó de decidir fue la necesidad de agotar esfuerzos para impedir que, producto de engaños de marketing y blindajes mediáticos y judiciales, tenga chances electorales un hombre como Rogelio Frigerio. Un dirigente que no nació en nuestra provincia, que no la conoce, que fue un ministro clave en el gobierno nefasto de Mauricio Macri y que claramente tomó medidas contrarias a los intereses de nuestro pueblo, privándonos de hospitales, rutas y viviendas”.

En un comunicado de prensa del equipo del exgobernador concordiense se enumeran una serie de argumentos que basan la presentación efectuada este martes en los tribunales de Paraná.

Hizo su planteo en un escrito de 64 páginas, con el patrocinio del abogado paranaense Miguel Cullen. Es una acción de inconstitucionalidad respecto de una cláusula transitoria de la Constitución provincial.

En el texto se señala que en la reforma constitucional de 2008 se incorporó el artículo 161 que estableció la posibilidad de la reelección del gobernador y vicegobernador solamente por dos períodos, consecutivos o alternados. A la par, se añadió la disposición transitoria 289, que es la que Urribarri objeta. Allí se indicó que esas nuevas reglas eran de aplicación inmediata y definió textualmente: “No se computarán los mandatos cumplidos y sí se considerará al actual período de gobierno como el primero”.

Hay que recordar que el impulsor de la reforma de 2008 y presidente de la Convención Constituyente fue el tres veces gobernador Jorge Busti, enfrentado políticamente con Sergio Urribarri desde casi el comienzo de su gestión un año antes, a pesar de haberlo ungido como candidato del peronismo. Justamente Busti, a pesar de haber sido  gobernador en tres oportunidades, quedó excluido de la clausula que sí se le impuso a Urribarri que recién comenzaba su primer mandato.

Por eso Urribarri cuestiona la disposición transitoria 289 por haber sido incorporada por fuera de las atribuciones que la ley que reguló el proceso de reforma le otorgó a la Convención Constituyente y por contener una distinción arbitraria e irrazonable que afecta los principios de igualdad y no discriminación y también sus derechos políticos, al resultar contraria a los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución provincial, la Constitución nacional y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Por un lado, puntualiza que las reglas para la reforma constitucional de 2008 se plasmaron en la ley 9.768. Allí se indicó que se trataba de una reforma parcial y se habilitaron modificaciones a determinados artículos. Respecto a la reelección, en el artículo 3º de la norma se especificó: “Habilitase la reforma del artículo 120 de la Constitución vigente, al solo efecto de establecer la posibilidad de reelección del gobernador y vice por un solo período consecutivo”. Es decir, que no se autorizó la posibilidad de incluir cláusulas transitorias sobre este tema puntual, como sí se lo hizo respecto de otros aspectos.

Por otro lado, Urribarri marca, entre otros argumentos, que no se puede computar como primer mandato suyo el que ejerció entre 2007 y 2011 porque estaba en pleno desarrollo al momento de la reforma y porque él fue electo para ese período en vigencia de la Constitución de 1933.

Se expone en el escrito que se configuran las situaciones excepcionales que posibilitan la revisión judicial y consecuente declaración de invalidez de una norma incluida en la Constitución provincial, dado que la cláusula transitoria 289 muestra debilidades normativas por las que debería ser declarada inconstitucional, ya que al sancionarse se estableció una restricción incausada al principal derecho político de todo ciudadano que es el de aspirar a un cargo electivo en las mismas condiciones de cualquiera de sus conciudadanos, como lo establece el Pacto de San José de Costa Rica.

“Estos derechos corresponden a todos los ciudadanos y ciudadanas en condiciones de igualdad y también le corresponden a Sergio Urribarri, sin que haya una ley especial que lo excluya de manera particular”, se indicó.

“Dicho de otro modo, sobre un padrón de más de un millón de ciudadanos habilitados para ser candidatos a gobernador, por esta cláusula transitoria SOLAMENTE se le impide ejercer ese derecho a Sergio Urribarri lo que violenta claramente el derecho a la igualdad consagrado en la Constitución nacional que, como tantas veces ha definido la Corte Suprema, se concreta en ‘la seguridad de que las leyes no establezcan privilegios o excepciones que excluyen a uno de lo que se le concede a otro en igualdad de circunstancias’”, se argumentó.

Se indica más adelante que las leyes deben ser impersonales (para ser aplicadas a un grupo indeterminado de sujetos y no a una sola persona), abstractas (deben aplicarse en todos los casos sin particularizar uno en concreto), irretroactivas (disponen sobre hechos posteriores a su sanción y no rigen sobre conductas anteriores) y generales (deben ser aplicables a todos los individuos en general sin excepciones particulares). Y se advierte que ninguna de esas características se cumple en relación a esta cláusula transitoria.

Las normas transitorias, se precisa, son directrices dispuestas para armonizar y organizar el tránsito normativo de los deberes y derechos alcanzados por cualquier reforma jurídica. Se indica que deben ser temporarias y necesarias, pero en modo alguno pueden ser ilimitadas ni no susceptibles de control constitucional, ya que justamente el poder constituyente debe sancionarlas en base al respeto a las normas constitucionales y a los principios generales de la sanción de las leyes, lo que no ha ocurrido en este caso.

“Este alto cuerpo deberá tener presente que en caso de una sentencia contraria a las pretensiones del suscripto, se verán vulnerados y conculcados derechos políticos y constitucionales y un trato igualitario ante la ley”, concluye el texto. Ante ello, se deja planteado el caso constitucional y federal.