La Rosca |Elección de LLA, judicializada|
La elección judicializada es la que sucedió durante la escandalosa jornada de enero de 2025 en la que un grupo de la militancia libertaria terminó a los golpes en un enfrentamiento en la puerta de la sede partidaria de Concordia. Tras aquel episodio, comenzó el derrotero judicial que finalizó este martes con el fallo de la Cámara Nacional Electoral que lleva las firmas de los jueces Alberto Dalla Vía y Santiago Corcuera.
El fallo que pide volver a votar en Concordia
Según el documento, de acuerdo a lo que destaca Letra P, los jueces confirmaron la decisión que previamente había tomado el fiscal federal que entendió en la causa, Ramiro González. En el texto fechado este 18 de noviembre, de seis páginas, los jueces sostienen la nulidad de la única mesa de votación que hubo aquel sábado 18 de enero. El punto de la polémica fue el recuento de votos. La lista opositora denunció que no había concordancia entre la cantidad de votantes y de sufragios contabilizados.
La impugnación prosperó ante una demanda presentada por la lista 2B, que enfrentó a la oficialista encabezada por Ignacio Cabrera. El demandante fue Leandro Rivero, un militante enrolado en el sector de Gustavo “El Chino” Graziano y Eduardo Beswick, enfrentados a la conducción provincial a cargo de Roque Fleitas, quien apadrinó la lista 2 A, declarada vencedora en aquellos comicios.
El juzgado federal con competencia electoral de Entre Ríos había dictaminado en primera instancia que las elecciones fueron nulas debido a una inconsistencia entre los 181 sobres registrados frente a las 166 firmas de afiliados presentadas. Ese fallo del juez Leandro Ríos fue apelado ante la Cámara Nacional Electoral por Cabrera y Fleitas, presidente de LLA en la provincia. El fallo de la Cámara rechaza esa apelación y ratifica lo decidido por Ríos y por el fiscal González: la nulidad de la mesa única.
Qué dice el documento de la Cámara Nacional Electoral
La resolución de Dalla Vía y Corcuera confirma que en Concordia se deberá realizar nuevamente la elección de autoridades partidarias. En ese sentido, en el séptimo considerando se apunta que “la documentación obrante en la causa y tenida en cuenta por el magistrado para decidir como lo hizo no resulta apta para arribar a un resultado que permita determinar, fuera de toda duda, que la genuina voluntad de los votantes de Concordia sea la que surge del escrutinio (cf. fs. 24/29), corresponde confirmar la decisión adoptada en este punto”.Al mismo tiempo, el fallo se refiere a la situación de la representatividad del departamento Concordia ante la Asamblea provincial, que nuclea a los referentes de los 17 departamentos. “La invalidez dispuesta afecta la integración del máximo órgano partidario dejando carente de representación a parte de sus afiliados. Por lo tanto, (…) en el presente caso se configura una indiscutible necesidad, contemplada en el artículo 116 del Código Electoral Nacional, de convocar nuevamente a los electores de la localidad de Concordia para que ejerzan su derecho al sufragio”, señalaron.
En la parte final, los jueces confirman la resolución apelada y disponen que el partido deberá convocar a comicios complementarios a los electores de la mesa única de votación anulada.El presidente electo del partido no verá afectada su conducción a nivel provincial. Su cargo fue respaldado en votación asamblearia por todos los departamentos presentes. La disputa comenzará ahora por sostener un alfil propio en la conducción de Concordia.Fleitas presentó este 12 de noviembre un escrito ante la Justicia despegándose de la lista 2 A, a la que respaldó en las elecciones partidarias. De hecho, junto a Cabrera organizó actos en conjunto y militó en la ciudad con él. En el texto de la semana pasada, al que accedió este medio, el dirigente y diputado provincial aclara ante la Cámara Nacional Electoral que la apelación la formuló en su rol institucional como presidente del partido y “no como representante de la lista 2 A”.
No obstante, en sus palabras a los magistrados, Fleitas pide que se dictamine a favor de la lista 2 A. “En virtud de lo expuesto, solicito respetuosamente a V.E. que se dicte sentencia haciendo lugar a la apelación planteada, confirmando la validez del acto electoral departamental celebrado por La Libertad Avanza en la ciudad de Concordia”, sostuvo.
La situación de La Libertad Avanza
Con esta resolución, la presidencia ejercida en los hechos por Cabrera deberá revocarse. Junto a él, se movían en la práctica Eduardo Vidoni como secretario general, quien es además delegado del Ministerio de Trabajo; y Mauricio Retamar, como vocal provincial, quien es funcionario de Francisco Azcué en el gobierno de Juntos en Concordia. Todos ellos formaron parte del grupo que militó la alianza de LLA en las legislativas nacionales.
Según explicaron fuentes involucradas con la causa, será el despacho del juez Ríos quien deberá determinar la nueva fecha de las elecciones. Algunos referentes de la lista 2 B, la vencedora de la pulseada judicial, ya no forman parte del ecosistema libertario en la ciudad. El caso más concreto es Eduardo Beswick, que fue el candidato a intendente en 2023 y luego compitió por la presidencia del partido. Tras la judicialización, Beswick se corrió de la vida partidaria y quien ocupó su lugar como referente opositor fue Guillermo Deymonnaz, coordinador de la ANSES en Concordia.
La Rosca | Renovación de autoridades |
El PJ provincial se encamina a renovar sus autoridades partidarias, cuyos mandatos habían sido prorrogados a través de un congreso provincial en contexto de pandemia. Luego se estipuló que la fecha para la elección sería el 25 de junio del corriente año, sin embargo, el escenario electoral nacional y provincial, la simultaneidad de esas elecciones, complicaron la logística para concretar de forma adecuada los comicios partidarios que fueron prorrogados.
Si bien el cronograma de Junio había quedado en una etapa avanzada, el presidente del PJ Gustavo Bordet consideró importante solicitar a la justicia electoral reiniciar por completo un nuevo diagrama de elecciones, para lo cual se recibió la aprobación de la justicia.
De ese modo se definió que el inicio del cronograma será el próximo 3 de febrero, con el cierre del padrón de afiliados; el 17 de febrero será la fecha límite para la presentación de listas y las elecciones tendrán lugar el domingo 10 de marzo.
Los cargos a elegir son para el Congreso Provincial, el Consejo Provincial, Consejos Departamentales, Consejos de Unidades Básicas y Rectorado.
Por último, la Junta Electoral Partidaria, informó que los trámites correspondientes a la elección se podrán realizar en la sede central, de lunes a viernes, de 8 a 20 horas. Las resoluciones de la Junta y la información electoral será publicada en el sitio oficial: pjentrerios.org.ar