Gestión

Reforma previsional: el Gobierno reglamentó el aporte extra del 3% y fijó cómo se harán los descuentos

La reglamentación de la Ley 11.302 ya está vigente. El decreto establece quiénes deberán pagar el aporte extraordinario, cómo se calculará cuando un trabajador tenga más de un cargo y qué hacer ante errores en los recibos de sueldo.


28 de Agosto 2026
Reforma previsional: el Gobierno reglamentó el aporte extra del 3% y fijó cómo se harán los descuentos

LA ROSCA | Jubilaciones |

El Gobierno de Entre Ríos reglamentó finalmente la reforma previsional aprobada por la Legislatura a fines de julio. A través del Decreto 2667, publicado en el Boletín Oficial, la gestión de Rogelio Frigerio puso en marcha los mecanismos administrativos necesarios para aplicar las medidas previstas en la Ley 11.302 de Restauración del Equilibrio y Fortalecimiento del Sistema Previsional. El decreto precisa, entre otros puntos, cómo se instrumentará el aporte extraordinario del 3% sobre los salarios de los trabajadores estatales alcanzados.

Uno de los aspectos centrales es la forma en que se determinará quién queda comprendido por la retención. Si un trabajador tiene dos o más cargos, funciones o contratos dentro del Estado provincial, se tomarán en conjunto las remuneraciones brutas percibidas durante el mes. La reglamentación excluye determinados regímenes especiales, los haberes abonados por municipios y comunas y los correspondientes a escuelas privadas. Tampoco se computarán los pagos retroactivos de períodos anteriores para determinar el descuento del mes en que sean cobrados.

El decreto también establece qué camino deberán seguir los trabajadores que detecten diferencias o errores en sus recibos. Los docentes y agentes del Consejo General de Educación deberán utilizar el sistema RELI, mientras que el resto de los empleados públicos tendrá 30 días corridos desde el cobro para presentar el reclamo ante su superior jerárquico. Si se confirma el error, el organismo deberá informar cuándo y cómo será corregido. En caso de una respuesta negativa o de silencio administrativo, el trabajador podrá recurrir mediante una Apelación Jerárquica.

Otro de los puntos reglamentados alcanza a las escuelas privadas. El CGE podrá retener directamente de las subvenciones destinadas al pago de salarios los aportes personales y contribuciones patronales y girarlos a la Caja de Jubilaciones antes de transferir el saldo a los establecimientos. La Caja, además, tendrá a su cargo el procedimiento para determinar los grados de invalidez e incapacidad laboral y deberá informar al Ministerio de Economía sobre la situación de los empleadores adheridos. La puesta en marcha de estas medidas se da luego de un extenso debate legislativo y de las críticas planteadas por organizaciones gremiales durante el tratamiento de la reforma.

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